2026 Requisitos europeos para los aceites corporales

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Entender y cumplir los requisitos europeos en evolución para los aceites corporales es un imperativo de cumplimiento básico que todas las marcas y fabricantes relevantes deben abordar en 2026 y más allá. Con la creciente popularidad de los conceptos naturales y terapéuticos, los productos que contienen aceites corporales han ganado una amplia aceptación en el mercado europeo. Sin embargo, la Unión Europea mantiene uno de los marcos normativos más estrictos y en rápida evolución del mundo para los cosméticos. En este artículo se clasifican sistemáticamente las principales novedades normativas que afectan a los productos a base de aceites corporales, proporcionando a las empresas orientaciones claras y prospectivas sobre su cumplimiento.

Visión rápida de las principales necesidades europeas de aceites corporales (2026-2028)

La siguiente tabla resume las principales actualizaciones normativas de la UE que afectarán a los aceites corporales a corto plazo, ayudándole a comprender rápidamente los plazos de cumplimiento y los requisitos básicos.

Puntos clave de la normativaRequisitos básicosFechas clave de entrada en vigor/fechas límite
Reglamento CLP y clasificación de los aceites esencialesUna enmienda propuesta que podría haber clasificado los aceites esenciales en su conjunto como “nocivos para la salud” ha sido excluida temporalmente tras la defensa de la industria. Sin embargo, las negociaciones y revisiones pertinentes siguen en curso, y las empresas deben continuar vigilando la evolución final.Por determinar
Etiquetado de alérgenos (UE) 2023/1545El número de alérgenos de fragancias que deben figurar individualmente en la lista de ingredientes se ha incrementado considerablemente, pasando de 26 a 80. También se han incluido en la lista los aceites enteros de aceites esenciales comunes (como lavanda, cítricos, pachulí, ylang-ylang, etc.).A partir del 31 de julio de 2026, los productos de nuevo lanzamiento deberán cumplir la nueva normativa.
A partir del 31 de julio de 2028, todos los productos comercializados deberán ser conformes.
Prohibición de sustancias CMR (procedimiento ómnibus)Mediante el procedimiento “Ómnibus” de la UE, las sustancias identificadas sistemáticamente como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR) se añaden rápidamente a la lista de sustancias prohibidas en los productos cosméticos.Sujeto a actualizaciones dinámicas continuas. Por ejemplo, la fecha límite de cumplimiento del Reglamento Omnibus VIII ((UE) 2024/2564) es el 1 de mayo de 2026.
Restricciones sobre PFAS (Reglamento REACH)Las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) están estrictamente reguladas debido a su persistencia. La concentración total de PFAS específicas (como PFHxA) en los productos cosméticos no debe superar límites extremadamente bajos.A partir del 10 de octubre de 2026, los productos que superen los límites no podrán comercializarse ni utilizarse.
Reglamento sobre envases y residuos de envases (PPWR)Los envases deben ser reciclables y reducidos, y debe aplicarse el régimen de responsabilidad ampliada del productor. Esto repercute directamente en el diseño de los envases, la selección de materiales y los costes de los productos de aceites esenciales.Se espera que las principales normas de aplicación (como los formatos de etiquetado unificados) se adopten antes del 12 de agosto de 2026.
Límites de concentración del aceite del árbol del téEl Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) de la Unión Europea ha establecido límites de concentración seguros para el aceite del árbol del té en determinadas categorías de productos.Se utilizarán como las pruebas de seguridad más recientes para la evaluación de la seguridad de los productos.

1.Piedra angular de la regulación: Marco normativo básico

En la Unión Europea, los productos a base de aceite corporal deberán cumplir principalmente los siguientes requisitos Reglamento (CE) nº 1223/2009 sobre productos cosméticos si su finalidad principal es limpiar, perfumar o embellecer el cuerpo. Este reglamento establece la persona responsable de la seguridad de los productos, los expedientes obligatorios de información sobre los productos y los requisitos de los informes de evaluación de la seguridad.

Al mismo tiempo, como sustancias, los aceites esenciales también deben cumplir la normativa química horizontal:

2.Seguridad de los ingredientes y actualizaciones dinámicas

Disputas sobre la clasificación CLP y exenciones industriales

A finales de 2022, una propuesta de la Comisión Europea para modificar el Reglamento CLP preveía clasificar los aceites esenciales en su conjunto como “nocivos para la salud”, lo que provocó una fuerte oposición de los principales países productores, como Bulgaria y Francia. Tras las negociaciones, el Parlamento Europeo adoptó un texto de compromiso, excluyendo temporalmente los aceites esenciales de esta nueva clasificación.

Sin embargo, esto no significa una relajación de la supervisión. El Consejo de la Unión Europea ha pedido a la Comisión que presente un nuevo informe analítico dentro de cuatro años, y la futura orientación de la clasificación sigue requiriendo un estrecho seguimiento.

Prohibición rápida de sustancias CMR (procedimiento ómnibus)

La UE ha establecido un eficaz mecanismo “Omnibus”. Una vez que una sustancia se clasifica armoniosamente como sustancia CMR (carcinógena, mutágena o tóxica para la reproducción) con arreglo al Reglamento CLP, suele añadirse a la lista de sustancias prohibidas en los productos cosméticos mediante una modificación en el plazo de unos meses.

Por ejemplo, el Reglamento Omnibus VIII establece 1 de mayo de 2026 como fecha límite de cumplimiento. Las empresas deben establecer un mecanismo de control continuo para garantizar que sus formulaciones no contienen las sustancias CMR recientemente prohibidas.

Evaluación y restricciones de ingredientes específicos

Además de las prohibiciones sistemáticas, el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) de la Unión Europea realiza continuamente evaluaciones de seguridad sobre ingredientes específicos. Por ejemplo, el CCSC ha emitido dictámenes en los que se especifican los límites seguros de concentración de aceite de árbol del té en distintas categorías de productos, como champús, geles de ducha y cremas. Las marcas deben adoptar estos últimos dictámenes científicos en sus informes de evaluación de la seguridad de los productos.

3.Etiquetado de alérgenos: La nueva normativa obligatoria de mayor impacto

Reglamento (UE) 2023/1545

El Reglamento (UE) 2023/1545 representa la modificación normativa más directa y de mayor alcance que afecta a los productos de aceite corporal. Amplía considerablemente la lista de alérgenos de fragancias que deben declararse en la lista de ingredientes de los productos cosméticos.

  • Ampliación del ámbito de aplicación: El número de alérgenos que requieren una declaración individual ha aumentado de 26 a 80.
  • Cobertura de los propios aceites esenciales: Por primera vez, la nueva lista incluye numerosos aceites esenciales enteros, como el aceite de lavanda, el aceite de pachulí, el aceite de ylang-ylang y los aceites esenciales de cítricos. Esto significa que siempre que la concentración de dichos aceites esenciales en un producto supere el umbral pertinente (> 0,001% para los productos que no se enjuagan, > 0,01% para los productos que se enjuagan), sus nombres específicos (por ejemplo, “aceite de lavanda”) deberán indicarse claramente en la lista de ingredientes.
  • Plazos de cumplimiento:
    • En 31 de julio de 2026, Todos los productos de nueva comercialización deben cumplir los nuevos requisitos de etiquetado.
    • Se aplica un periodo transitorio hasta 31 de julio de 2028 para productos ya comercializados.

4. Envases y sostenibilidad: Una dimensión de cumplimiento no desdeñable

En Reglamento sobre envases y residuos de envases (PPWR) establece nuevas normas medioambientales para el envasado de productos de aceites esenciales corporales.

  • Requisitos básicosEntre ellas figuran la minimización de envases, la mejora de la reciclabilidad, los objetivos de contenido de plástico reciclado y la plena aplicación del régimen de responsabilidad ampliada del productor.
  • Hito clave: Se espera que la Comisión Europea adopte requisitos uniformes de etiquetado de envases antes del 12 de agosto de 2026 para apoyar la recogida selectiva. Las marcas deben planificar con antelación y adoptar envases ecológicos que cumplan la normativa.

5.Cadena de suministro y requisitos de documentación

Los compradores de la UE suelen exigir a los proveedores que presenten una documentación técnica completa para demostrar la conformidad y trazabilidad del producto, que incluye principalmente:

  • Ficha de datos de seguridad: FDS conforme a los requisitos CLP y REACH.
  • Certificado de análisis: Certificar que cada lote de aceites esenciales cumple las especificaciones.
  • Declaración de alérgenos: Proporcionar información precisa sobre los ingredientes alergénicos de acuerdo con (UE) 2023/1545.
  • Información sobre trazabilidad: Incluida la fuente botánica, la fecha de recolección, el método de extracción, etc.

Resumen

En general, los requisitos para los aceites esenciales corporales en Europa serán más estrictos y complejos en 2026, mostrando tres tendencias principales:

endurecimiento de la normativa horizontal sobre productos químicos, perfeccionamiento del etiquetado vertical de cosméticos y aplicación de requisitos de sostenibilidad.

Las empresas deben adoptar una estrategia de cumplimiento proactiva:

  • Revisar inmediatamente las fórmulas y el etiquetado: Centrarse en verificar si los productos están afectados por las últimas prohibiciones de CMR, y actualizar todas las etiquetas de ingredientes de los productos en estricta conformidad con la lista ampliada de alérgenos (80 sustancias), garantizando la finalización antes del 31 de julio de 2026.
  • Establecer un sistema de control dinámico: Suscríbase a las actualizaciones oficiales o recurra a proveedores de servicios profesionales para realizar un seguimiento continuo de las clasificaciones CLP, las modificaciones Omnibus (como la próxima fecha límite del 1 de mayo de 2026) y los dictámenes científicos del CCSC.
  • Reestructurar la documentación de la cadena de suministro: Obtener declaraciones de alérgenos actualizadas y expedientes técnicos completos de los proveedores de acuerdo con la nueva normativa para garantizar el cumplimiento desde la fuente.
  • Reevaluar las estrategias de envasado: Integrar los requisitos del PPWR en el desarrollo de nuevos productos y en los planes de mejora de los envases existentes, con el fin de cumplir los próximos requisitos de responsabilidad ampliada del productor y etiquetado unificado.

Si busca un fabricante de aceites esenciales corporales, por favor Contacto. DESIFINE potenciará sus productos.